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En cuanto a la Exhibición de Documentos promovida en el escrito de promoción de pruebas, relativo a la solicitud de exhibición del documento marcado "B" al folio 43 se admite en cuanto ha lugar en derecho, por lo que se ordena al a demandada a su exhibición en la audiencia de Juicio. Ahora bien, en lo que respecta a los recibos de pagos semanales y libros de horas extras y cartel de horario, debe observarse que la parte promovente no aportó copias fotostáticas de las documentales solicitadas en exhibición y tampoco suministró con exactitud los datos del contenido de las documentales que solicita se traigan a presencia judicial, lo cual constituye una carga para que el medio probatorio surta plenos efectos en la demostración de los hechos que se pretenden probar, en caso de la no exhibición, motivo por el cual, atendiendo a lo dispuesto en la norma del artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, debe negarse la admisión del referido medio probatorio. (...)