En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, designar CURADOR AD HOC del niño XAFIAR ELIAS KURZ ARIAS, de cinco (5) años de edad , a la ciudadana NERIDA ESTHER FIGUEROA DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-6.204.479 y residenciada en: Urbanización Nelson Suárez Montiel, Sector Don Juancho, entre 2da y 3era avenida, casa No. 19 Municipio Independencia del Estado Yaracuy, solicitud interpuesta por ciudadano RONALD XAVIER KURZ OVIEDO, titular de la cédula de identidad Nº 20.967.046, en beneficio de su hijo el niño identidad omitida de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, .....