Por las razones de hecho y de Derecho anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, el recurso de hecho ejercido por el abogado Petronio Arturo Silvio Velásquez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 19.735, actuando en representación judicial de la ciudadana ELIZABETH ARROCHA RODRÍGUEZ, contra el auto de fecha 16 de octubre 2.014 proferido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, que negó oír el recurso de apelación ejercido por la hoy recurrente contra el auto de fecha 08 de octubre de 2.014, dictado por el mencionado Tribunal de instancia, todo ello en el curso del juicio que por DESALOJO incoara la ciudadana ELIZABETH ARROCHA RODRÍGUEZ con.....