En Torno a lo precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta en fecha 17 de noviembre de 2009, por el abogado JUAN NIETO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 117.066, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana LEANELL ALEXANDRA RODRÍGUEZ ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V-11.559.076, contra el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, por la presunta violación de los artículos , 75, 87, 89, 91, 93 y 134 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 23, 24, 454 y 384 de la Ley Orgánica del Trabajo.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se ordena al CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, a dar cumplimiento a la Providencia Admi.....