decreta la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la pretensión de Cobro de Contribuciones de Condominio (vía ejecutiva), deducida por el Administrador del Edificio Centro Cruz Verde, en contra del ciudadano Félix José Méndez González, a tenor de lo dispuesto en el ordinal 1º del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordada relación con lo previsto en el artículo 269 ejúsdem, y en consecuencia, se declara CONSUMADO el presente procedimiento