Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y conforme a lo dispuesto en la Resolución N° 2009/0006 de fecha 18 de marzo de 2009, emanada de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.952, de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil Venezolano, así como lo ordenado en sentencia Nº 1.070, de fecha 9 de diciembre de 2016 y en concordancia a la sentencia 693 de fecha 02 de junio de 2015 Expediente N° 12.1163, emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR DESAFECTO presentada por la ciudadana: NEVIS IDALIA HENRIQUEZ DE PIRELA, venezolana, mayor de edad, educadora, titular de la cédula de identidad N° V-9......