DISPOSITIVA:
Por las razones expuestas este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: la existencia de CUESTION PREJUDICIAL en el juicio por Accidente Laboral incoada por el ciudadano ELIAS JOSE DELGADO contra TALLER MIURA C.A.
SEGUNDO: Se acuerda la SUSPENSIÓN de la presente causa conforme a lo establecido en el artículo 355 del Código de Procedimiento Civil, hasta tanto se decida los Recursos de Nulidad señalados mediante sentencia definitivamente firmes.-