Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN propuesto en autos en fecha 11 abril de 2023 por la ciudadana CRISTINA DURANT SOTO, abogada inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 27.359, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadanos LUIS PEDRO SANTIAGO DOS SANTOS ALVES y SUSANA DE MOURA PINTO LEITE, portugueses, mayores de edad y titulares, el primero de pasaporte expedido por la República de Portugal N° CC453677, y el segundo de la cédula de identidad N° E-84.442.513, contra la senten.....