Dispositiva
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, 254 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Primero: Se niega la homologación de la transacción presentada en fecha 05 de abril de 2016 por las partes contendientes en este asunto.
Segundo: Sin lugar el recurso de apelación ejercido en fecha 03 de agosto de 2016 por la abogada Fabiana García Mande, apoderada judicial de la ciudadana Giovanna Antonieta Vallerotondo Álvarez (parte demandada) contra la sentencia de fecha 28 de julio de 2016, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Tercero: Se m.....