Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Primero: SE NIEGAN los recursos de casación anunciados en fechas 07 y 13 de diciembre de 2023, presentada por el abogado GUSTAVO MANUEL ÁLVAREZ RAMÍREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 124.539, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada y terceros intervinientes contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 20 de noviembre de 2023.
Segundo: Dada la naturaleza del fallo no hay especial condenatoria en costas.
Tercero: Por cuanto la presente decisión se dicta dentro del lapso legal para ello, no se hace necesaria la notificación de las partes.