D I S P O S I T I V A:
En razón a las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado Décimo en Función de Ejecución del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, acuerda a favor del penado NAVARRO SOTO ERICK JACK, titular de la cédula de identidad N° V-12.841.143, ampliamente identificado en autos anteriores; la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por lo que deberá someterse a un régimen de prueba por el período Un (01) año y Seis (06) meses, contados a partir de la presente fecha, y que culminará el día 20 de diciembre de 2008, bajo la supervisión del delegado de pruebas que le sea designado por la Coordinación para el Tratamiento No Institucional, Región Capital del Ministerio del Interior y Justicia, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal. Haciéndosele la advert.....