imparte la HOMOLOGACIÓN a la transacción judicial celebrada por la ciudadana Saskia Chapellin Lesseur, actuando con el carácter de parte demandada en la presente causa, debidamente asistida por el abogado Alejandro Nieves Leáñez, por una parte y por la otra, el abogado Luis Carlos Calatrava Oramas, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte actora, sociedad mercantil Desarrollo e Inversiones S.A., mediante escrito presentado en fecha 12.08.2010, en los mismos términos expuestos por las partes y, en consecuencia, procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil