Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, DECLARA:
Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 29 de abril de 2022, por el abogado Jorge Luís Socas, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 20 de agosto de 2021, dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la demanda por partición de comunidad conyugal.
Segundo: SE MODIFICA con la motivación expuesta en el presente fallo, la sentencia de fecha 20 de ag.....