En tal sentido, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la LOTTT, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento vigente de la citada norma laboral, este Juzgado Tercero (3º) De Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, acuerda impartirle la HOMOLOGACIÓN a dicha transacción en el juicio seguido por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales por JOHNNY ALEXANDER MARTINES contra PANIFICADORA MONACO 208 C.A. y se entiende la presente acta como sentencia a los fines de su ejecución. Se deja expresa constancia que una vez consten en autos los pagos aquí acordados, este Tribunal procederá a dar por terminado el presente juicio y se ordenará el cierre informático del mismo. Así se decide.-