Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 12 de abril de 2.011, por el abogado CARLOS QUINTANA SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 32.041, quien actúa en representación judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada en fecha 07 de abril de 2.011, por el Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por Cobro de Bolívares sigue la sociedad mercantil CONDOMINIOS ACTUALES G.R., C.A. contra el ciudadano QUIRO RAFAEL ARVELÁEZ.
SEGUNDO: SE REPONE LA CAUSA, al estado en que se encontraba en fecha 18 de febrero de 2.011, cuando la parte demandada promovió pruebas, a los fines de que el Tribun.....