Decisiones del dia 22/01/2009
N° Expediente :
AP31-V-2008-002021
N° Sentencia :
Fecha: 22/01/2009
Procedimiento: Cumplimiento De Contrato
Partes: PARTE ACTORA: FERNANDO DA SILVA Y ANA INÉS BENITEZ DE DA SILVA PARTE DEMANDADA: REINALDO GASTELLO
Resumen:
A través de SENTENCIA DEFINITIVA el Tribunal declaró CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DE LA PRORROGA LEGAL intentaran FERNANDO DA SILVA y ANA INES BENITEZ DE DA SILVA, contra REINALDO GASTELLO. En consecuencia, se condena a la parte demandada a cumplir con el contrato de arrendamiento celebrado, en lo que respecta a la entrega a la parte actora en su condición de arrendadora y propietaria, del apartamento D-16, ubicado en el piso 16, del edificio "Centro Residencial El Conde", situado en la calle este 10, urbanización El Conde, parroquia San Agustín, Caracas, y conforme a lo previsto en la cláusula segunda del contrato arrendaticio celebrado en fecha 22 de mayo de 2006, al pago de la suma de Treinta Bolívares (Bs. 30,oo) diarios, por cada día transcurrido entre el día 2 de abril de 2008, inclusive, hasta la fecha de la presente decisión. Se condenó en costas al demandado y se ordenó la notificación a las partes del fallo dictado.
Juez/Ponente:
Carmen Goncalves
Organo:
Juzgado Tercero de Municipio
N° Expediente :
AP31-M-2008-000076
N° Sentencia :
Fecha: 22/01/2009
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A. VS. INVERSIONES JIPARONI, C.A.,
Resumen:
declara homologado el desistimiento del procedimiento, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (PROCEDIMIENTO ORAL) sigue BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A. contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES JIPARONI, C.A., y del ciudadano RACHID EDUARDO JIMENEZ NIEVES, ambas partes identificadas con anterioridad, signado con el expediente No. AP31-M-2008-000076 de la nomenclatura particular de este Despacho, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, concatenado con el artículo 265 eiusdem.
Así mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda la devolución del original peticionado dejándose en su lugar copias certificadas.
Juez/Ponente:
Dayana Del Valle Ortiz Rubio
Organo:
Juzgado Decimo Cuarto de Municipio
N° Expediente :
AP31-M-2008-000060
N° Sentencia :
Fecha: 22/01/2009
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: BANCO UNIVERSAL, C.A. VS. OSCAR JEAN PAYOT RESTREPO
Resumen:
Declara homologado el desistimiento del procedimiento, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES ( PROCEDIMIENTO ORAL) sigue BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A. contra los ciudadanos OSCAR JEAN PAYOT RESTREPO y JHEANNY CUSATI CUSATI, ambas partes identificadas con anterioridad, signado con el expediente No. AP31-M-2008-000060 de la nomenclatura particular de este Despacho, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, concatenado con el artículo 265 eiusdem.
Así mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda la devolución del original peticionado dejándose en su lugar copias certificadas.
Juez/Ponente:
Dayana Del Valle Ortiz Rubio
Organo:
Juzgado Decimo Cuarto de Municipio
N° Expediente :
AP31-M-2008-000183
N° Sentencia :
Fecha: 22/01/2009
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: BANCO PROVINCIAL S.A. BANCO UNIVERSAL, CONTRA WILLIAM PABON GÓMEZ Y LA FIRMA TELEDU COMUNICACIONES, C.A.
Resumen:
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la confesión ficta de la parte demandada y PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por BANCO PROVINCIAL S.A BANCO UNIVERSAL contra el ciudadano WILLIAM PABON GOMEZ y la firma TELEDU COMUNICACIONES C.A y en consecuencia se condena a la parte demandada:
PRIMERO: A Pagar a la parte actora la suma de DIECISIETE MIL SETECIENTOS SETENTA BOLÍVARES FUERTES CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 17.770,69 ), por concepto de capital adeudado, intereses convencionales e intereses de mora causados desde el día 13 de febrero de 2.007 al 9 de noviembre de 2.007.
Dada la naturaleza del fallo no hay condena en costas.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho de.....
Juez/Ponente:
Leticia Barrios Ruiz
Organo:
Juzgado Cuarto de Municipio
N° Expediente :
AP21-R-2008-001835
N° Sentencia :
Fecha: 22/01/2009
Procedimiento: Recurso De Hecho
Partes: CERVECERIA TERTULIA, S.R.L., CONTRA EL AUTO DICTADO POR EL JUZGADO TRIGÉSIMO (31°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Resumen:
En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Inadmisible el recurso de hecho interpuesto por la empresa CERVECERIA TERTULIA, S.R.L., contra el auto dictado por el Juzgado Trigésimo (31°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la apelación contra la decisión de fecha 19.11.2008, y contra el auto de fecha 05.12.2008, que negó la expedición de copias certificadas. Segundo: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.
Juez/Ponente:
Anibal Abreu
Organo:
Juzgado Primero Superior Del Trabajo
N° Expediente :
AP51-S-2008-021059
N° Sentencia :
Fecha: 22/01/2009
Procedimiento: Curatela
Partes: YSARAHI CONSUELO RAMOS RUIZ,
Resumen:
Vista la aceptación al cargo de Curadora Ad-hoc hecha por la ciudadana YSARAHI CONSUELO RAMOS RUIZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-7.999.049; este Tribunal Unipersonal N° 12, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en uso de sus facultades legales y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 110 del Código Civil, DISCIERNE en la persona de la ciudadana YSARAHI CONSUELO RAMOS RUIZ, antes identificada, el Cargo de CURADORA AD-HOC, del niño y del Adolescente , de cinco (05) y dieciséis (16) años de edad, respectivamente. Expídanse por Secretaría copias certificadas del presente auto con inserción del acta que antecede y del escrito de solicitud, a los fines de que surtan sus efectos legales correspondientes.
Juez/Ponente:
Sara Guardia Soto
Organo:
Sala Duodécimo de Juicio de Protección del Niño y Adolescente