DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA por la ciudadana OMAIRA JOSEFINA ANDRADE venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de identidad Nº V- 10.077.491, contra la empresa MANTENIMIENTO, LIMPIEZA Y CONSTRUCCION JOPALIM, S.A, por concepto de cobro de prestaciones sociales y demás débitos laborales, condenándose a la demandada a cancelar la cantidad de CINCO MIL CIENTO VEINTIUN BOLIVARES CON CINCO CENTIMOS (Bs. 5.121,05) mas lo que resulte por el concepto de intereses sobre prestaciones sociales, mora e indexación judicial o corrección monetaria, para lo cual se ordena realizar una experticia complementaria del fallo de conformidad con lo previsto en el Articulo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con un único perito, el cual será designado por el Tribunal a los fines de que determine el monto de los intereses sobre prestaciones sociales causados durante la vigencia del vinculo laboral, tomando en consideración las tasas de interés fijad.....