Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 209, 242, 243, , 506 del Código de Procedimiento Civil, 1.354 del Código Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Primero: Nula la sentencia dictada en fecha veintiocho (28) de junio de dos mil diecisiete (2017) dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que declaró inadmisible la presente demanda.
Segundo: Parcialmente con lugar el recurso de apelación ejercido en fecha 1° de agosto de 2017 por la abogada Maurilyn Brito en su carácter de apoderada judicial de la parte actora.
Tercero: Sin lugar la demanda que por resolución de contrato .....