En mérito de lo anteriormente expuesto y de acuerdo a lo establecido en la norma respectiva vigente, este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nº 11 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, quedando disuelto por DIVORCIO el vínculo matrimonial habido entre los ciudadanos YADIRA COROMOTO MONTERO ALVARADO y LUIS EDUARDO GOMEZ URBANEJA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros V- 7.575.051 y 6.293.389, respectivamente, contraído en fecha 14/02/1992, tal como se desprende del Acta de Matrimonio Nro. 36, Tomo 1, del libro de Registro Civil de Matrimonios del año 1992, llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosa del Municipio I.....