Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 13 de diciembre de 2012 por la abogada Mildred D´Windt R., inscrita en el Inpreabogado bajo el No.15.490, en su condición de apoderada judicial de la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 07 de diciembre de 2.012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual se declaró inadmisible la demanda que por acción reivindicatoria incoaran los ciudadanos JESÚS ACOSTA DÍAZ y DILIA TERESA ACOSTA DÍAZ contra CARLOS JESÚS RAMOS JACAMUSSI.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado Segund.....