Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: Se ADMITE el recurso de casación anunciado por el abogado JOSÉ NICOLAS MARTÍNEZ CELIS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 303.446, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 17 de julio de 2023, en el presente juicio que por COBRO DE DINERO siguen los ciudadanos PEDRO SEBASTIAN ROJAS CASTILLO, MARÍA JOSEFA GRILLO DE ROJAS, JOSÉ GRILLO DORTA y GRACIA RODRÍGUEZ DE GRILLO, contra la sociedad mercantil PROMOTORA 204 C.A., plenamente identificados todos en el encabezado del pre.....