SE ACUERDA CONCEDER AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA de los niños (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),
, de 10 y 07 años de edad, el primero titular de la cedula de identidad Nº V-36.359.995, portador del pasaporte Venezolano Nº 193258224,con fecha de emisión 20/8/2024 fecha de vencimiento 19/8/2029, el segundo con numero de pasaporte 193258981 con fecha de emisión 20/8/2024 fecha de vencimiento 19/8/2029, puedan viajar fuera del Territorio Venezolano con fecha de salida el día 27/11/2024, desde el Aeropuerto Simón Bolívar, caracas, Venezuela, en el vuelo ES 895, de la Línea Aérea ESTELAR , a las 20:30, con destino a Madrid – España, arribando el día 28/11/2024 a las 09:50. Del mismo modo, que los niños tienen como fecha de retorno a la República Bolivariana de Venezuela el día 06/12/2024, saliendo el día 06/12/2024 desde el Aeropuerto Internacional Adolfo Suarez Barajas, en Madrid - España, en el vuelo N° ES 894, de la línea A.....