Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de regulación de competencia ejercido, en fecha 23 de abril de 2019, por la ciudadana Belkis del Rosario Pulido Escalante, titular de la cédula de identidad Nº V-12.095.083, parte demandada, debidamente asistida por la abogada Carmen Yorley Escalante, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 167.415, contra la decisión de fecha 10 de abril de 2019, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la cuestión previa c.....