Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ADMITE el recurso de casación anunciado en fecha 16 de febrero de 2016, por el abogado José Antonio Terán M., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 68.117, en su condición de apoderado judicial sin poder de la parte demandada, de conformidad con el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 4 de febrero de 2016, que declaró inadmisible la apelación interpuesta por el referido abogado contra la decisión de fecha 26 de octubre de 2015 dictada por el Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en el juicio que por desalojo incoara la empresa Promot.....