(...) DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por Cobro de Diferencias de Prestaciones Sociales intentaran los ciudadanos DELIMIRO HURTADO, DENYS ALFREDO LEAL, DIXA DORIS PUERTO, FRANCISCO ISAAC BECERRA, HIBELIO YAKIR ARDILA, JUAN PABLO MARTINEZ, MILTON RAMOS BARRIOS, WILFREDO TORO OLIVERO y WILLIS ANTONIO MERCADO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad número V- 22.903.018, V- 10.681.718, V- 10.682.603, V- 2.050.782, V- 5.676.242, V- 2.150.747, V- 16.342.032, V-17.961.815 y V- 14.891.054 respectivamente, en contra de la empresa INVERSIONES CAR PARKING, C.A., Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Capital) y Estado Miranda, en fecha veinte (20) de enero de 1992, bajo el N° 59, Tomo 20-A-Sgdo.; SEGUNDO: se ordena a la demandada al pago de los conceptos de indemnización de antigüedad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 666 literal a) .....