PRIMERO: El padre aportará la cantidad de OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 800,00) MENSUALES, pagaderos de manera semanal, entregándolos a la madre de la niña, quien entregará recibo como señal de cumplimiento. SEGUNDO: Para el mes de septiembre, el padre aportará la suma de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) los cuales serán destinados a la compra de útiles escolares, asimismo en el mes de diciembre, el padre aportará la cantidad adicional de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.500,00), para la compra de ropa y calzados de estrenos, debiéndola entregar la primera quincena del mes de diciembre de cada año, y ambos padres comprarán el regalo del niño Jesús, compartiendo el gasto por mitad. TERCERO: Con respecto a las consultas médicas, medicinas, entre otros, los mismos serán cubiertos en un cincuenta por ciento (50%) por ambos progenitores, previa indicaciones médicas y presentación de facturas o presupuesto.
De las actas que conforman el presente expediente se evidencia que la.....