Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, 254 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el acuerdo transaccional presentado en fecha 09 de noviembre de 2017, por la abogada LAURA HERNÁNDEZ MORILLO en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, y el abogado FABRIZIO SCIARRA D’ELIA en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en el juicio que por DESALOJO (LOCAL COMERCIAL) incoara la ciudadana FLORINDA DIZ BESADA venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular la de cédula de identidad Nro. V-6.197.384 contra la sociedad mercantil ZOE CONFECCIONES, C.A., sociedad mercantil debidamente inscrita ante el Registro Merca.....