este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos DOUGLAS JOSE ISEA MALDONADO y MILDRED BELEN MALDONADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 12.938.162 y 11.155.121, respectivamente, asistidos por el Abogado en ejercicio Humberto Brito, INPREABOGADO Nro. 5.180.