Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: SIN LUGAR recurso de apelación ejercido, en fecha 27 de marzo de 2023, por el abogado Nieves Bautista Díaz Durán, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 22 de marzo de 2023, proferida por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, que declaró prescrito el derecho a solicitar la nulidad de la convencía de fecha 07 de febrero de 2007.
Segundo: SE CONFIRMA, la sentencia de fecha 22 de marzo de 2023, proferi.....