Así las cosas, la presente causa versa sobre una LIQUIDACION Y PARTICION DE LOS BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, donde solicita la demandante medida de prohibición de enajenar y gravar sobre los bienes inmuebles de la comunidad conyugal, produciendo al efecto copia simple del documento de propiedad de los inmuebles, sobre los cuales pretende la medida solicitada. Y de dichos documentos se evidencia que dichos inmuebles fueron adquiridos dando cumplimiento a todas y cada una de las formalidades de ley, es decir, se encuentra a nombre de ambos cónyuges como casados, por lo que no se desprende de los autos el periculum in mora (peligro en la mora), es así como, sin que esto constituya pronunciamiento sobre el fondo, tomando en cuenta que quien aquí decide, ejerce funciones de Jueza de mediación y Sustanciación, siendo que con lo que a bien tengo a conocer hasta la presente, no he llegado al convencimiento de que este dado este extremo, por lo que se considera prudente ordenar a la solicit.....