actuando en representación de sus hijos los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES, de (05) y (01) años de edad respectivamente, para que reciba la cuota parte que le corresponde a ella y a sus representados por concepto de acervo hereditario como beneficiario del causante, ciudadano YIRBIN ALEXANDER MUJICA GARCIA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 19.953.516, fallecido en fecha 22 de Marzo de 2014, se desempeñaba en el cargo de Sargento II de la Guardia Nacional; todo sin perjuicio del cumplimiento a que hubiere lugar para con el Fisco Nacional, indicándole que dichas cantidades de dinero serán posteriormente depositadas en la cuenta de ahorros respectiva, la cual se ordena abrir en esta oportunidad. Así se decide.