declara INADMISIBLE la solicitud de Oferta Real, deducida por los ciudadanos Flavio Raúl Salcedo Rivera y Dioselina Andrea Revoredo Johnson, a favor de la sociedad mercantil Administradora Tresor C.A., de conformidad con lo establecido en el artículo 434 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 341 ejúsdem