En virtud de las consideraciones realizadas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados Milagros Hernández y Nelxandro Román Sánchez, apoderados judiciales de la sociedad mercantil PROPIEDADES KIKIA S.A., contra la sentencia proferida en fecha 16 de junio de 2014 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en razón de lo cual se revoca la decisión apelada.
SEGUNDO: SE ORDENA EL DESGLOSE de todas las actuaciones relativas a la tercería incoada que cursan en el cuaderno principal; abrir el cuaderno de tercería con las referidas actuaciones a fin de que sea en el cuaderno que se emitan todos los pronunciamient.....