PRIMERO: Se condena a pagar a el obligado alimentario, ciudadano SALVADOR CASTRO BUELVAS en beneficio de sus hijas BEATRIZ VICTORIA CASTRO GIL y LUISA MARIANA CASTRO GIL, la suma de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 4.400.000,00), por concepto de obligaciones alimentarías vencidas, más los correspondientes intereses moratorios calculados al uno por ciento (1%) mensual desde el mes de diciembre de 2005 hasta el mes de marzo de 2007, fecha de la publicación de la presente decisión y que corresponden a la cantidad de QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.528.000,00), para un monto definitivo adeudado por la suma de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 4.928.000,00).
SEGUNDO: Se ordena al Director de Auto Servicios Jumbo, que RETENGA mensualmente del salario que devenga, el obligado alimentario SALVADOR CASTRO BUELVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.832.216,.....