Por recibida y vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano Alfredo Ramphis Jiménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.696, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Ana Paulina Zoelzer, mayor de edad, titular del Pasaporte Nº 216649574, domiciliada en la ciudad de Illinois, Estados Unidos de América mediante la cual solicita la INTERDICCIÓN de su madre, ciudadana Eufemia Dolores Carmen Bucheli Rueda, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, obrera, titular de la cédula de Identidad N° 1.302.443; el Tribunal luego de un análisis a los hechos explanados en el libelo de demanda, considera que la petición no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa en la Ley, por lo que admite la anterior solicitud por cuanto ha lugar en derecho