JUZGADO DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.-
Nirgua veintiocho (28) de mayo de 2012
202º 153º
Vista la manifestación de separación de cuerpos y de bienes presentada personalmente por los cónyuges, ciudadanos: FRANKLIN JOSÉ LINARES FARÍAS Y ORLIANY ELENA RESISTIDO BARRETO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 14.209.245 y V- 18.660.555 y de este domicilio, asistidos por la Abogad en ejercicio: LAURA COLABERARDINO, titular de la cédula de identidad N° V- 10.529.325, I.P.S.A. N° 54.113 y de este domicilio, se admite cuanto a lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, por tanto se declara dicha separación en la misma forma, términos y condiciones por ellos convenidas, todo de conformidad con los art.....