Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, 244, 254 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: LA INADMISIBILIDAD de la solicitud de EXEQUATUR de pase en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia de divorcio Nº 19-3-00664-35, dictada por el Tribunal Superior de Washington, Condado de Wahkiakum, de los Estados Unidos de Norteamérica, de fecha 07 de octubre de 2019, que presuntamente disolvió el vinculo matrimonial que existía entre los ciudadanos Anibeth Nathalie Ruiz Bigott, y Jesús Alberto Spadea Flores, presentada por la abogada ISABEL CRISTINA BIGOTT DÍAZ, actuando en su condición de apoderada judicial de la ciudadana ANIBETH.....