Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, ADMITE EL RECURSO DE CASACIÓN anunciado contra la sentencia dictada por este Despacho Judicial en fecha 29 de febrero de 2016, por la abogada en ejercicio Nellitsa Juncal Rodríguez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 91.726, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, sociedad mercantil SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL, C.A., en el presente juicio que por cumplimiento de contrato de seguro sigue en su contra la sociedad mercantil FULLMASTER CLEAN, C.A.