-II-
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, 713, 717 y 718 del Código de Procedimiento Civil, declara SUSPENDIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, hasta la llegada de las resultas de la regulación de competencia planteada en fecha 24 de marzo de 2015. Publíquese, regístrese, déjese copia.
Dado. Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a los veintinueve (29) días del mes de abril del año dos mil quince (2015). Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.-
El Juez,
Abg. Camilo Chacón Herrera.
La Secretaria,
Abg. Jois.....