En razón de lo expuesto, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil OLYMPIA ANZOÁTEGUI, C.A., contra las Resoluciones RNO/DSA/99-00042 y RNO/DSA/99-00043, ambas de fecha 05 de abril de 1999, confirmatorias de las Actas de Reparo Fiscal RNO-DF-98-000024 y RNO-DF-98-000025, emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nororiental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante las cuales se formulan reparos a la recurrente en materia de Impuesto sobre la Renta, por las cantidades de DIECINUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS BOLÍVARES CON SESENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 19.245.976,63) (Bs. F. 19.245,98) para el ejercicio 1995 y QUINCE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHO BOLÍVARES CON VEINTIUN C.....