Este JUZGADO DÉCIMO QUINTO (15°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE recurso de nulidad conjuntamente con Acción de Amparo Constitucional Cautelar contra el Auto de Admisión de Reenganche, dictado por Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador, (sede norte), de fecha 13/01/2016, expediente N° 023-2016-01-00106, el cual ordenó el Reenganche y la Restitución a su Situación Anterior, con pago de los salarios caídos y demás beneficios dejados de percibir, incoada por la ciudadana ELIZABETH ZENAIDA BOLÍVAR ROJAS. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.