En atención a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, éste Tribunal Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA : PRIMERO: SE CONFIRMA LA DECISION CONSULTADA. SEGUNDO: SE DECLARA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano DOMINGO GAETANO DEL ROSSO DONA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.086.768, a los fines de garantizar su protección integral, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 393 y 396 del Código Civil, en concordancia con lo pautado en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Se designa a la ciudadana YOLANDA MARGARITA DONA DE DEL ROSSO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.874.712, TUTORA PROVISIONAL del ciudadano DOMINGO GAETANO DEL ROSSO DONA. En consecuen.....