Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SE CONFIRMA la decisión dictada el 18 de enero de 2012 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA presentada por la abogada DAILYNG AYESTARÁN DÍAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 129.814, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano LEONCIO ALGENIS RODRÍGUEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.972.449, a favor de la ciudadana NORMA ELENA CAMPOS HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.427.631; y como consecuencia de la anterior declaratoria se ratifica como TUTOR DEFINITIVO, .....