este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos ALICIA KATIUSKA RAGA Y LUIS ELADIO TERAN LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 11.654.165 y 11.648.154, respectivamente, asistidos por el Abogado NIXON VARELA, Inpreabogado Nº 75.619. En consecuencia, con respecto al hijo de nombre IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA; este Tribunal establece: En cuanto a la responsabilidad de crianza y la patria potestad, será compartida entre ambos padres, con respecto a la custodia la ejercerán ambos padres; en cuanto a la Obligación de Manutención será compartida entre ambos padres por cu.....