Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, DECLARA:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto, en fecha 08 de noviembre de 2022, por la parte intimada, ciudadano NICOLAS ESPINOZA BARRIOS, titular de la cédula de identidad V-3.667.231, asistido por la abogada Dariela Cancino Mendoza, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 118.075, contra la sentencia interlocutoria de fecha 30 de septiembre de 2022, dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; que declaró, "...PERECIDA.....