ACUERDA: Corregir los errores materiales incurridos, en consecuencia téngase como " (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), ", NACIONALIDAD", " DEL PADRE" " LA NIÑA" y " CON SU NACIONALIDAD ESPAÑOLA" , Por ser lo cierto y correcto Con lo cual, queda aclarada la sentencia dictada en fecha 17 de Febrero del 2023 y así queda expresamente establecido; expídanse Cinco Juegos copias certificadas de la sentencia y de la presente decisión cuya expedición se decreta. Cúmplase.-