PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado OLINTO ANTONIO RAMIREZ, actuando con el carácter de Defensor del imputado ARISTIDES MEDINA RUBIO, titular de la cédula de identidad Nº V-1.865.438, contra la decisión de fecha 08 de enero de 2010, proferida por el Juzgado Cuarto de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este mismo Circuito Judicial Penal y sede, mediante la cual DECRETÓ LA NULIDAD ABSOLUTA del acto de aprehensión practicado en la persona del imputado ARÍSTIDES MEDINA RUBIO, ACORDÓ la prosecución de la investigación por las disposiciones previstas en el artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, CALIFICÓ LOS HECHOS como el delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el encabezado y primer aparte del artículo 45 de la Ley en mención, DECRETÓ LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD DE ARRESTO .....