Auto Motivado donde se DECRETA, Medida Preventiva Judicial Privativa de Libertad en contra el imputado JUAN HUMBERTO ALVAREZ BERNAL, plenamente identificado en las actuaciones, en virtud de que estamos en presencia de la presunta comisión de un hecho punible que merece pena privativa de libertad sin estar evidentemente prescrito, como lo es, el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano Vigente, (Calificación Provisional), fundados elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido autor o participe en la comisión del mismo, y de una presunción razonable del peligro de fuga por la pena que podría llegarse a imponer y por la magnitud del daño causado, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 250 y 251 numerales 2, 3, 4 del Código Orgánico Procesal Penal. Se deja constancia que se cumplieron a cabalidad con los Principios y Garantías Procesales contemplados en el título preliminar del Código Orgánico Procesal Pen.....