Vista la solicitud presentada por el ciudadano, WILMER ALBERTO DIAZ WILHELM, debidamente asistida por la abogada MARIA MARTINA SALAS BELISARIO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 161.084, supra identificados donde solicita se le decrete TITULO SUPLETORIO de dominio sobre las Bienhechurías que ha construido a sus expensas y con dinero de su propio peculio, cuyas características, linderos y ubicación se especifican en el escrito libelar, las cuales se encuentran fomentadas sobre un lote de terreno propio según consta en documento Registrado por ante el Registro Subalterno del Municipio Bejuma del Estado Carabobo, N° 21 Protocolo Primero, Tomo I, de fecha 24-01-2002 anexo, que ha venido poseyendo en forma continuo, pacifica, publica, ni interrumpida, e igualmente vistas las declaraciones de los testigos presentados por la solicitante y siendo este Juzgado competente para tramitar y proveer en sede de Jurisdicción Voluntaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del C.....