Conforme a lo expuesto este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
1. ADMITE preliminarmente el recurso contencioso administrativo de anulación interpuesto.
2. CON LUGAR el amparo constitucional cautelar solicitado por el ciudadano HENRYS LOR MOGOLLÓN, cédula de identidad V-10.372.905, asistido por el abogado Rafael Alfredo Puertas Mogollon, cédula de identidad V-7.581.953, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado N° 49.393, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nro. 55.140, contra el CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO YARACUY.
3. En consecuencia, se ORDENA la suspensión de los efectos del acto administrativo contenido en la Resolución Nro. P-CLEY 115/2007, de fecha 26 de diciembre 2007, publicada en el Diario Al Día Yaracuy el 29 de diciembre 2007, Edición Nro. 1098.....